Aprueba el examen oficial de acceso a la abogacía y adquiere las competencias necesarias para asesorar a empresas en un entorno laboral complejo y en constante evolución.
La ya generalizada utilización de lasnuevas tecnologías de la información y de la comunicación en el mundo laboral ha hecho surgir nuevos problemas en el ámbito de las relaciones laborales, sobre todo derivados del juego que los derechos fundamentales de los trabajadores (derecho a la intimidad, al secreto de las comunicaciones) hayan de tener en los procedimientos empresariales establecidos para la vigilancia y control del uso de los medios informáticos puestos a disposición del trabajador (ordenadores, teléfonos celulares, tabletas), así como en supuestos de utilización de medios de vídeovigilancia aunque no estén relacionados directamente con la actividad laboral (medios que, establecidos para garantizar la seguridad de las instalaciones o para evitar hurtos de los productos comercializados por la misma, pueden sin embargo captar casualmente incumplimientos laborales de los trabajadores).
Esta nueva realidad pone en cuestión, con mucha más intensidad que antes, la vigencia de los derechos fundamentales de los trabajadores en el seno de las empresas y en el desarrollo de sus actividades productivas. Derechos que les corresponden como ciudadanos (derecho a la intimidad, al secreto de las comunicaciones, al respeto de su dignidad) y no específicamente como trabajadores (como es el caso, sobre todo, de la libertad sindical y de sus diversas manifestaciones). Y hace reverdecer el debate, ya antiguo, sobre la vigencia de los derechos fundamentales en el seno de las organizaciones productivas.
En la década de los setenta del pasado siglo, en el apogeo de ese debate, se acuñó una máxima que hizo fortuna, conforme a la cual la Constitución no puede pararse a la puerta de las fábricas, sino que debe garantizarse que los trabajadores conservan íntegros sus derechos fundamentales de ciudadanía aunque se integren en una organización empresarial que, lógicamente, tiene también sus exigencias de disciplina y de control.
Los problemas más delicados surgen cuando se permite eluso para fines particulares de tales medios. O cuando simplemente se tolera un uso “razonable” de los mismos con fines particulares. En estos casos, las medidas de vigilancia y de control, que siempre han de ser razonables, han de tener especial cuidado de salvaguardar la esfera personal del trabajador y la intimidad de sus comunicaciones. Habrá que tener muy en cuenta las circunstancias concretas de cada caso y atender a las “expectativas razonables” que el trabajador pueda tener, en función de esas circunstancias, de encontrarse “al resguardo de la observación o del escrutinio ajeno”. Y habrá que distinguir si se trata de un control rutinario o general o si, por el contrario, viene determinado por indicios o sospechas concretas de actuación desleal o contraria a la disciplina laboral o a los intereses empresariales del trabajador.
Por regla general, los controles empresariales han de superar un triple juicio de idoneidad, de necesidad y de proporcionalidad. La medida de control ha de ser idónea para la consecución de los fines legítimos perseguidos, ha de ser necesaria, en el sentido de que no exista otra menos intrusiva en la esfera del trabajador y proporcional a las circunstancias que la motivan. Los problemas se simplifican bastante cuando existe un protocolo empresarial (negociado con la representación laboral o establecido unilateralmente por la empresa), regulador del uso de los medios informáticos y de losinstrumentos susceptibles de emplearse para controlar dicho uso. Aun así, se pone en cuestión, en estos casos, si, en atención a la realidad social imperante, una medida empresarial de prohibición absoluta de utilización con fines particulares puede considerarse proporcionada con independencia de las circunstancias que la motivan.
Aprueba el examen oficial de acceso a la abogacía y adquiere las competencias necesarias para asesorar a empresas en un entorno laboral complejo y en constante evolución.
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